PROPUESTAS PARA ABORDAR  EL DIÁLOGO INTERRELIGIOSO EN UN CONTEXTO MULTICULTURAL

 

Alberto Montes Martínez

Doctor en Estudios Migratorios (España).

 

Resumen

 

Desde hace muchos años, la diversidad cultural es un fenómeno social creciente en el mundo entero, y de modo especial en los países de la Unión Europea. El conjunto de países que la forman son el lugar preferente de destino de muchos procesos migratorios, bien de tipo económico, como de seguridad política o de carácter turístico o estacional.

En todos estos casos, las migraciones, han supuesto cambios demográficos importantes. En algunos contextos se consideraba que la llegada de trabajadores extranjeros era sólo una necesidad del propio sistema laboral europeo, que había que satisfacer. Sin embargo, estas personas son sujetos que portan consigo sus necesidades económicas y parte de sus culturas de origen y, además, son sujetos de derechos. Uno de esos elementos que han aportado es su religión.

En este artículo se presentan propuestas para abordar el diálogo interreligioso en un contexto de diversidad cultural.

 

ABSTRACT

For many years, cultural diversity has been a growing social phenomenon throughout the world, especially in the countries of the European Union. The group of countries that form it are the preferred place of destination for many migratory processes, either economic, political security or tourism or seasonal.

In all these cases, the migrations have supposed important demographic changes. In some contexts it was considered that the arrival of foreign workers was only a necessity of the European labor system itself, which had to be met. However, these people are subjects that carry with them their economic needs and part of their cultures of origin and, in addition, are subjects of rights. One of those elements that they have contributed is their religion.

In this article, proposals are presented to address interreligious dialogue in a context of cultural diversity.

 

 

 

Desde hace muchos años la diversidad cultural es un fenómeno social creciente en el mundo entero, y de modo especial en los países de la Unión Europea. Este fenómeno se ha activado, de modo muy singular, de la mano de las migraciones, aunque no exclusivamente. Sabemos que las migraciones por motivos, originalmente, económicos son muy antiguas. De modo que las malas condiciones de vida en el propio país y las expectativas de mejora, verdaderas o ficticias, en el país o países de destino han sido, tradicionalmente, el motor de estos movimientos de población.

Los países que forman la Unión Europea, con distintas intensidades, son el lugar preferente de destino de muchos procesos migratorios recientes. Algunos se creían que la llegada de trabajadores extranjeros era sólo una necesidad del propio sistema laboral europeo, que había que satisfacer de forma imperiosa para mantener el ritmo del propio proceso productivo. No se daban cuenta que los inmigrantes no eran sólo mano de obra para mejorar el funcionamiento del sistema, sino personas que arrastran consigo tanto sus necesidades económicas, que han de satisfacer, como partes o elementos de sus culturas de origen que, en principio,  desean seguir practicando.

Esto último es el deseo dominante de los migrantes al abandonar su propio país. Pero este deseo inicial va cambiando de intensidad a medida que pasa el tiempo de residencia en el país de destino, mejora el proceso de adaptación social y cultural y las nuevas condiciones de vida permiten al migrante cumplir las expectativas económicas con las que iniciaron la migración.

Uno de esos elementos que han traído los inmigrantes a Europa en el proceso migratorio es su religión. En otro lugar, (Montes Martínez, 2018) ya hemos descrito con minuciosidad las etapas y los principales elementos del proceso. En este artículo se presentan propuestas para abordar el complejo proceso de adaptación a las nuevas sociedades de destino, en el diálogo interreligioso es la pieza fundamental en ese nuevo contexto de diversidad cultural. Hacemos estas propuestas porque estamos convencidos de que el conocimiento de los hechos sociales que impulsan los científicos sociales debe ir acompañado de propuestas para la acción social, basados en esa perspectiva metodológica, ya consolidada, que llamamos Investigación Acción.

Las propuestas que vamos a presentar a continuación para la gestión del pluralismo religioso, proceden de nuestra propia investigación sobre Minorías Religiosas en Cantabria, pero estamos convencidos de que tienen interés para otros entornos.

Fácilmente se puede intuir que estas propuestas finales no son ni propuestas sin fundamento, ni propuestas sin destinatario. Por el contrario, por un lado, estas propuestas proceden de las reflexiones que se han hecho sobre Minorías Religiosas en Cantabria a lo largo de todo el proceso de la investigación y, al mismo tiempo, de las conclusiones a las que se ha llegado en el informe final.

 

Pero además estas propuestas tienen varios destinatarios potenciales muy concretos, que pueden darse por aludidos si esta investigación cae en sus manos.

 

El primer destinatario es el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Y nos parecería lógico que así fuese, dado que las Confesiones Religiosas Minoritarias, que se han analizado y descrito, están asentadas en su territorio. Pero, simultáneamente, también el Gobierno de España sería destinatario, y, más concretamente, el Ministerio de Justicia, que es la institución de mayor rango con competencia en su regulación. Y al mismo tiempo, consideramos que estos resultados serán de interés a los gobiernos municipales cántabros, que tienen también su propio ámbito de competencia, más limitado ciertamente, pero no menos importante en lo que se refiere a las Minorías Religiosas.

 

El segundo destinatario de estas propuestas es, sin duda, la Diócesis de Santander, con el Obispo a la cabeza como su máximo representante, y con el clero como vanguardia del catolicismo porque, en cierto sentido, de la actitud de los católicos de Cantabria frente a las otras religiones depende que la convivencia interreligiosa vaya por buen camino. El respeto de cada institución a las creencias de las demás, aunque cada una de ellas, como es lógico, transmita a sus fieles su propia doctrina teológica, sus rituales y ceremonias y su moral, es la base de la convivencia y cooperación interreligiosa.

 

Un tercer destinatario de nuestras propuestas son las entidades sociales y culturales (fundaciones, asociaciones o cualquier otra fórmula asociativa), que gestionan las inquietudes y las necesidades de los ciudadanos en distintos campos. Estas entidades no sólo son instrumentos para atender necesidades de la población, sino que también son agentes de socialización en valores cívicos de convivencia intercultural e interreligiosa. Su cercanía a los ciudadanos en cuestiones tan importantes como la salud, la educación, las necesidades básicas, el ocio, la cultura o el deporte, les da un plus de realismo sobre lo que la población demanda. Estas entidades son, o pueden ser, según nuestra opinión, escuelas de tolerancia y de convivencia.

 

Por último, estas propuestas, sin duda, serán de utilidad para los ciudadanos, en general y, especialmente, para los profesionales de la salud (Médicos, enfermeras, auxiliares, administradores), de la educación (Profesores de distinto rango de los diferentes niveles educativos), de los servicios sociales y para los servidores públicos, en general, cuya actividad profesional esté directamente relacionada con las personas y sus actividades.

 

Consideramos que investigar los hechos sociales es el punto de partida para impulsar el cambio social. Pero, también creemos que no es suficiente con ofrecer los resultados en un momento concreto de las distintas confesiones implantadas en la Comunidad Autónoma de Cantabria, como hemos hecho. Nos parece imprescindible presentar alternativas que faciliten y mejoren la gestión pública de las minorías religiosas. Nuestro enfoque teórico y metodológico basado en la Investigación Acción lo asegura.

 

Lo hacemos porque la existencia de diversas Confesiones en un mismo territorio, sea pueblo, ciudad, comunidad autónoma o país, podría plantear no sólo problemas de relación de las minorías religiosas entre sí, debido a sus diversas posiciones teológicas y pastorales. Sino que también podría plantear problemas de relación de estas minorías religiosas con la mayoría católica, sea a nivel de la jerarquía, o a nivel de los fieles. Por otro lado, estos posibles conflictos pueden extenderse al ámbito civil, es decir, podrían surgir problemas de relación de las minorías con la administración pública y/o con los ciudadanos de una determinada localidad, como de hecho ha sucedido en algunos casos.

 

Un ejemplo muy concreto y conocido de esta conflictividad potencial, que con cierta frecuencia salta a los medios de comunicación, es el pulso permanente que los Testigos Cristianos de Jehová mantienen con la administración sanitaria en relación a la exigencia de no realizar transfusiones de sangre en ningún caso a los miembros de esta Confesión y de demandar alternativas terapéuticas diferentes.

 

Otro ejemplo, también conocido, son las tensiones que, con cierta frecuencia, tienen lugar en los centros educativos en relación a los menús que se ofrecen a los niños, sin discriminar que hay una parte del alumnado de religión musulmana para los que rige la exigencia de comer carne halal y de no comer carne de cerdo.

 

Ahora pretendemos ofrecer algunas alternativas para la gestión de las Minorías Religiosas. Serán propuestas de carácter generalista, pero que tienen su punto de partida y su justificación en esta investigación sobre Cantabria. Son propuestas para gestionar el pluralismo religioso, pero en un contexto de diversidad cultural. Esto que vale para el resto de España, vale también para la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

Pero estas propuestas encierran diversas dificultades para su puesta en práctica. La primera, y más importante, es el escaso reconocimiento público de la existencia de minorías religiosas en Cantabria. Tímidamente, los medios de comunicación (El Diario Montañés, en concreto) se hacen eco de su existencia con algunas noticias esporádicas. Lo que nos parece insuficiente.

 

Como consecuencia de ese débil reconocimiento público, la segunda dificultad está en que hay pocas experiencias de diálogo interreligioso, salvo las iniciativas descritas en su momento (Montes Martínez, 2018). Hay algunas iniciativas que la misma Iglesia Católica de Cantabria reconoce, al menos de forma oficial, como es el hecho de la existencia de evangélicos y ortodoxos con los cuales celebra cada año actos religiosos de oración por la unidad de los cristianos.

 

La tercera dificultad para impulsar las propuestas que vamos a recoger a continuación es la confusión existente sobre el concepto de gestión del pluralismo religioso, utilizado en ciertas instancias gubernamentales o, al menos, la vigencia de maneras diversas de entender el concepto de gestión del pluralismo. Para nosotros no se trataría, en el caso de la gestión del Pluralismo Religioso, de dirigir u organizar las Religiones desde instancias del Gobierno Estatal o del Gobierno de las Comunidades Autónomas. Consideramos que la competencia única de la gestión de las Religiones pertenece exclusivamente a las mismas Confesiones Religiosas, tanto si nos referimos a sus doctrinas (creencias, principios teológicos, etc.),  como si hablamos de la organización de sus rituales y ceremonia (roles y jerarquías, etc.), como si atendemos a sus principios morales (código moral, exigencias de comportamiento social, etc.). La Administración del Estado, en cualquiera de sus niveles, ni tiene ni debería tener control respecto a los asuntos de la Religión. Todo ello pertenece al ámbito de la libertad de pensamiento y de acción de los individuos, que garantiza la Constitución española y la Ley de Libertad Religiosa de 1980. En este caso se concreta en la libertad de creencias religiosas.

 

Rechazamos completamente la intervención franquista sobre el catolicismo en España desde la guerra civil hasta poco antes de la transición democrática, pero, por las mismas razones de autonomía de la religión, rechazamos también la creación en China de una iglesia controlada por el aparato gubernamental marxista leninista maoísta. La religión no lo es del Estado, lo es de la población. Y en consecuencia, la administración de la religión pertenece a los ciudadanos.

 

La historia de la Iglesia Católica nos da algunas lecciones extraídas de los errores cometidos en el pasado y nos señala el camino a seguir de máxima independencia de la Religión respecto al Estado.

 

Sin embargo, a pesar de las dificultades nos vamos a atrever a presentar varias propuestas que, razonablemente, pueden extraerse de todo lo que hemos afirmado en nuestra investigación sobre minorías religiosas con el propósito de dar a este estudio una dimensión aplicada.

 

Para nosotros, gestionar el pluralismo religioso desde el Estado no significa gobernar las religiones desde el Estado, como algunos puedan pensar, siguiendo la estela de los estados totalitarios. Gestionar el Pluralismo Religioso desde el Estado, significa única y exclusivamente administrar la dimensión social de las religiones, es decir, en cuanto fenómeno social, en aquellos campos que sean de la competencia del Estado (educación, salud, servicios sociales, etc.). Y esto sólo cuando las religiones pidan auxilio al Estado para recibir ayuda y protección como cualquier otro colectivo, y cuando existan ámbitos de competencias comunes a la Religión y al Estado, que requieran regulación para hacerlas compatibles.

 

Los grupos religiosos tienen una serie de necesidades, como son: locales de culto, espacios sociales, cementerios para enterrar a sus muertos, calendario festivo, exigencias en sus rituales, tabúes sanitarios y alimentarios, costumbres matrimoniales, etc… y pueden demandar al Estado ayuda para solucionar estas necesidades. En ese sentido podría intervenir en la gestión de estos asuntos, en el caso de que los Grupos Religiosos le demanden ayuda y sólo entonces, pues el Estado tiene que hacer cumplir sus normas en las materias correspondientes (ejemplos: adjudicación de terrenos, cumplimiento de las leyes laborales, etc.).

 

Veamos a continuación las propuestas que consideramos más urgentes para gestionar de manera razonable el pluralismo religioso.

 

Reconocimiento de la diversidad cultural y del pluralismo religioso

 

Todos los científicos sociales (antropólogos, sociólogos, trabajadores sociales y otros profesionales) saben, tanto por razones teóricas y metodológicas como por experiencia propia, que el primer paso previo para la intervención social es la identificación de los hechos sobre los que se quiere actuar y los conflictos entre los individuos y los grupos humanos que se aspira a resolver.

 

Reconocer la diversidad cultural existente en la sociedad, originada  por la vigencia de grupos humanos con ideologías diferentes y con prácticas sociales también distintas, sean generadas desde dentro del mismo grupo o sea efecto de influencias exteriores, es el comienzo. En consecuencia, identificar con claridad uno de esos rasgos de diversidad como es el pluralismo religioso es el punto de partida para cualquier acción que se quiera impulsar sobre minorías, en general, y sobre minorías religiosas, en particular.

 

Pero reconocer la diversidad cultural, aparentemente simple para los estudiosos, no es igualmente fácil para los actores directos del proceso que pueden tener intereses sociales, económicos o políticos en el entramado social y que pueden querer mirar para otro lado para mantener una situación que les favorece. Hay múltiples ejemplos de este planteamiento social que puede ser interesante en nuestro entorno, que no vamos a describir en este momento.

 

Aparentemente, nuestra primera propuesta parece simple y sin complicaciones, pero, en realidad, no es así. Esta primera propuesta requiere un análisis social sereno y sin prejuicios, objetivo y libre de intereses, hasta donde sea posible, sobre la diversidad cultural y el pluralismo religioso existente en la sociedad. Lo primero de todo es nombrar, es decir, identificar a los grupos humanos diferentes existentes en una sociedad determinada.

 

El segundo paso imprescindible es definir los rasgos de los diferentes grupos intervinientes. Se trata de identificar su composición, sus características, sus intereses, sus expectativas sociales y los conflictos, reales o potenciales, entre los grupos y sus causas.

 

Reconocida y aceptada esa diversidad cultural y religiosa, las acciones sociales, en general, y las políticas sociales, en particular, tienen que contemplar también esa diversidad, hasta donde sea posible. La acción política no puede o, al menos, no debe estar ajena a la diversidad cultural y al pluralismo religioso, y situarse al margen del origen de dicha diversidad. La tendencia de algunos científicos sociales a minimizar la presencia del factor religioso en las sociedades actuales nos parece un error. Y la razón es bastante evidente. El factor religioso está en la base de muchos conflictos, sociales y políticos actuales.

 

Educación en la diversidad cultural y el pluralismo religioso

 

Pero para impulsar y desarrollar el diálogo interreligioso no es suficiente con el reconocimiento de la diversidad cultural y del pluralismo religioso existente en la propia cultura. Aunque es un punto de partida adecuado no es suficiente. Es necesario además impulsar actitudes y conductas favorables a la diversidad cultural y el pluralismo religioso. De los distintos procedimientos y entornos posibles que existen uno, quizá el más eficaz, es la activación de procesos educativos en torno a la diversidad cultural y el pluralismo religioso.

 

Hay que aceptar que el reconocimiento de la diversidad cultural y del pluralismo religioso existente en la propia cultura no es un proceso automático. Por el contrario, creemos que requiere un proceso de aprendizaje primero en la familia, que después puede ser reforzado en  la escuela, los medios de comunicación y las relaciones sociales en general.

 

Son múltiples ejemplos existentes en la historia de la conquista y colonización de otros pueblos, en los que la existencia de formas culturales y de religiones diferentes de las de los conquistadores y colonizadores no supuso mecánicamente su reconocimiento, no ya sólo como pueblos con culturas y religiones distintas con derecho a existir, sino incluso como seres humanos con derecho a la vida. Esa ha sido, la negación de los “otros”, sustentada en el derecho de conquista, la práctica más generalizada en las relaciones y conflictos entre pueblos y naciones. Sin embargo, lo cierto es que los “otros diferentes” existen sean o no reconocidos como tales por los conquistadores y colonizadores.

 

Ahora hablamos de un proceso complementario al del reconocimiento de la diversidad cultural y del pluralismo religioso. Hablamos de educar en la diversidad cultural y el pluralismo religioso. Y lo hacemos en un contexto nuevo como el actual, en el que han desaparecido gran parte de las fronteras entre los países y dominan las relaciones entre pueblos y países distintos por razones productivas, comerciales, turísticas, humanitarias y otras más.

 

La diversidad no es sólo una etiqueta para nombrar la realidad social. La diversidad es un hecho, una realidad, un proceso empírico y una característica de los grupos humanos y se desarrolla en todos los campos de la vida social. La mayor parte de los intentos de homogeneizar las sociedades por parte de grupos políticos en el poder y de amortiguar la diversidad han resultado, finalmente, ser un atentado a la dignidad humana y a los derechos humanos y un fracaso político. Un ejemplo claro de ello fue el intento del comunismo soviético y del estalinismo de homogeneizar social y culturalmente a los países dominados, especialmente, desde el comienzo del siglo XX y durante y después de las dos guerras mundiales.

 

El hecho de que no se reconozca la diversidad, no conlleva su no existencia. Es evidente que hasta que los “otros” no sean reconocidos no se identifican como tales. La Historia de la Antropología nos muestra claramente un ejemplo de esta afirmación. La Antropología ha sido, de alguna forma, la historia del descubrimiento por parte de los occidentales de la existencia de “las otras culturas”, con la descripción de sus formas de vida y de sus propias peculiaridades y rasgos.

 

Según el artículo 2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos “toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”. Pero el reconocimiento efectivo de la diversidad no es una tarea sencilla, sino que implica un proceso de aprendizaje satisfactorio por un lado, pero a su vez, generador de potenciales tensiones sociales. El conocimiento del “otro”, de sus formas de pensamiento y de sus prácticas políticas, económicas, sociales y religiosas, es decir, de su cultura, y sobre todo de sus derechos es el punto de partida para la convivencia  intercultural e interreligiosa.

 

Esta segunda propuesta de educar en la diversidad cultural y el pluralismo religioso, además del reconocimiento de los “otros”, exige poner en marcha mecanismos apropiados para que ese objetivo se consiga.

 

Educar en la diversidad cultural y el pluralismo religioso significa aceptar que existen “otros” diferentes a nosotros en pensamiento, formas de comportamiento, costumbres y hábitos sociales, lo cual no siempre es tarea fácil, pues requiere una actitud abierta y flexible para aceptar posiciones contrapuestas a las nuestras y con frecuencia contrarias y opuestas a nuestros intereses.

 

Pero, al mismo tiempo, es necesario identificar escenarios o espacios en los que ambos procesos, conocimiento de los “otros” y actitudes favorables ante “los otros” diferentes, tienen lugar de forma más nítida. Con otras palabras, es necesario identificar y elegir los entornos más favorables para inducir el conocimientos de los otros y para generar las actitudes más pertinentes.

 

Vamos a describir a continuación, brevemente, tres entornos a través de los cuales se puede impulsar la educación en la diversidad cultural y el pluralismo religioso. Uno de los entornos privilegiados para promover y reconocer ambos procesos, tanto el fenómeno de la diversidad cultural como el pluralismo religioso son, ciertamente, los medios de comunicación de masas. Tal como afirman García Castaño y Montes del Castillo (2012:343) “el mundo de la comunicación de masas no es, ni mucho menos, el mundo del pensamiento crítico, sino el mundo de las empresas de la comunicación y de la información y de las industrias de la cultura, no muy interesadas, que sepamos, en términos generales, en que el personal tenga independencia de juicio sobre lo que pasa en la vida social”. Son, sin duda, un instrumento ambiguo por su condición de empresas de comunicación, cuyo objetivo principal es la generación de renta a través de la comunicación, es decir, por sus intereses económicos y políticos. Con otras palabras, su prioridad por estos intereses reduce su potencial comunicativo en relación a la diversidad cultural y el pluralismo religioso, pero, y esto es lo importante, hay que reconocer que los medios son un instrumento muy potente para educar en la diversidad y el pluralismo.

 

Un segundo instrumento para educar en la diversidad cultural y en el pluralismo religioso son también los Museos, según proponen los mismos autores citados anteriormente (2012). La razón es la siguiente. Los Museos desde su nacimiento han sido mecanismos para exponer y preservar aspectos singulares de la cultura de los pueblos, y en ellos hemos aprendido aspectos especiales de la cultura de los pueblos antiguos (Mesopotamia, Egipto, Grecia, Roma) y de la historia de la cultura hasta nuestros días. Pero, desde hace tiempo, los museos etnográficos dieron paso a una nueva concepción del arte y de los propios museos, mediante la recuperación, la conservación y la exposición de la cultura popular y tradicional. De modo que, en la actualidad, parece que la posición predominante es conservar y exponer no sólo las obras singulares del pasado o del presente, sino también todo aquello que refleja el modo de vida de los pueblos, sea cultura material o inmaterial y, por tanto, la cultura de todos los pueblos.

 

Hay que reconocer, por tanto, que a través de los museos, aunque sea de forma fragmentaria, tenemos acceso a comprender la diversidad cultural que caracteriza a las sociedades humanas y también al pluralismo religioso, que forma parte de esa diversidad.

 

El tercer entorno al que nos vamos a referir, y que consideramos muy importante en la tarea de sensibilizar y educar en la diversidad cultural y el pluralismo religioso, es el mismo sistema educativo. De acuerdo con García Castaño y Montes del Castillo (2012), aunque sabemos que la escuela funciona como un mecanismo homogeneizador, destinado a la adaptación, el control social y la transmisión de un saber que se produce generalmente más por autoridad que por búsqueda, más por imposición que por descubrimiento, sin embargo, somos conscientes que la escuela cumple unas funciones importantísimas en relación al cambio cultural, la movilidad social y el aprendizaje crítico.

 

A estas funciones nos acogemos para afirmar que la escuela puede ser un instrumento muy pertinente para educar en la diversidad cultural y el pluralismo religioso. En España, debido al turismo y a la inmigración, estamos en una posición muy favorable para ello. Recibir cada año el impacto cultural de un número de turistas que duplican la población de España, y ser uno de los países preferentes en la recepción de inmigrantes del norte de África y del África subsahariana, de los  países del Este y de América Latina, obliga a educar en la diversidad cultural y el pluralismo religioso para favorecer la integración y la convivencia, en el marco del respeto y la aceptación de los diferentes. 

 

El sistema educativo español permite la entrada de temas transversales en distintas materias del Currículo en Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, o de materias específicas en Formación Profesional y Bachillerato. Estos temas transversales o materias específicas podrían acoger tanto la temática de la diversidad cultural, como la del pluralismo religioso.

 

Las posibilidades de entrada de esta temática en la enseñanza universitaria son también evidentes en distintos niveles, tanto a nivel de titulación con una nueva titulación de Grado denominada Ciencias de la Religión, como en titulaciones de Máster y Doctorado. De igual forma esta misma temática puede entrar en la Universidad en forma de asignaturas optativas en titulaciones como Filosofía, Medicina, Antropología Social, Sociología, Historia, Magisterio, Relaciones Laborales y Trabajo Social.

 

Por último, una sugerencia formativa en la diversidad cultural y el pluralismo religioso, puede impulsarse desde el ámbito de la formación permanente de funcionarios y profesionales que lo requieran para su buena práctica profesional.

 

Activación de los procesos de mediación cultural

 

Una tercera propuesta para la gestión de las minorías religiosas es la activación de los procesos de mediación cultural, intercultural o interreligiosa. Partimos de un supuesto, según el cual, la diversidad cultural y religiosa, y por tanto, las diferencias culturales y religiosas pueden ser percibidas como amenazantes o como beneficiosas. La razón es que los “otros diferentes” por distintos motivos (por país de origen, por cultura, por lenguaje, por religión, etc.) pueden ser percibidos por las personas como un riesgo, amenaza y competencia, o también pueden ser percibidos como todo lo contrario, es decir, como oportunidad para las relaciones sociales, laborales, etc. Quiere esto decir, que las relaciones entre personas de origen cultural diferente pueden ser calificadas como choques culturales o como encuentros culturales, como relaciones desintegradoras o como relaciones integradoras, como relaciones de dominio o como relaciones de tolerancia y  de respeto mutuo.

 

El concepto de mediación tiene muy diversos sentidos de acuerdo al ámbito en el que se aplique, a los actores intervinientes y a los objetivos que se propongan. Tiene lugar en las relaciones humanas, en general, en las relaciones laborales en los lugares de trabajo, en las relaciones familiares y de amistad, en las relaciones de autoridad, sea en la escuela o cualquier otro ámbito, etc.

 

Siguiendo a Montes (2012), la mediación cultural es aquella modalidad de mediación para la prevención y resolución de conflictos que tienen como base la cultura, es decir, que están originados por las diferencias culturales. La Mediación Intercultural es un proceso destinado a facilitar la convivencia en un contexto de conflicto real o potencial, originado por la diversidad cultural, en una sociedad multicultural. En este sentido afirmamos que la mediación cultural se utiliza cuando estamos ante conflictos sociales o personales que tienen su origen en la cultura de los actores, es decir, en las diferentes tradiciones culturales de los actores.

 

El conflicto cultural se produce, generalmente, cuando estamos frente a tradiciones culturales distintas de los actores intervinientes en las relaciones sociales. No podemos olvidar que no sólo las culturas son diferentes entre sí, tomadas como conjuntos homogéneos artificialmente, sino que dentro de una misma cultura también se producen  diferencias entre los actores de dicha cultura. La razón es que, como hemos dicho anteriormente, las culturas no sólo son diferentes entre sí, sino que dentro de una misma cultura se producen diferencias en su uso por parte de diferentes actores de la misma, sea por razón de edad, sexo, posición social, etc. Esto es debido al carácter efímero y cambiante de las culturas.

 

De lo expuesto hasta aquí en este apartado, bien se puede deducir que los destinatarios de la mediación cultural no son sólo los extranjeros, inmigrantes o turistas. Está claro que toda la población es potencialmente destinataria de la mediación cultural, a condición, claro está, de que el origen del conflicto que requiere mediación entre las personas o los grupos humanos sea algún aspecto o elemento de la cultura, como puede ser la religión.

 

Por último, una breve reflexión sobre los objetivos y fines de mediación cultural. Ya hemos sugerido anteriormente que en el horizonte de la mediación está la prevención y la resolución de conflictos que tienen como base la cultura. Pero sabemos que hay conflictos culturales que resultan ser muy complicados en su abordaje, cuyas causas se asientan en costumbres y prácticas ancestrales y dominantes, como ocurre con los problemas de desigualdad de género.

 

La acomodación razonable. Un modelo de gestión del pluralismo religioso en Canadá.

 

Canadá está considerado como un país de referencia en el tratamiento de la diversidad cultural y religiosa desde el Estado. Por eso, queremos finalizar este artículo, dedicado a las propuestas para abordar el diálogo interreligioso y gestionar la diversidad cultural y el pluralismo religioso, haciendo mención al modelo canadiense para facilitar la convivencia e integración de las minorías en la sociedad. Esta propuesta se sintetiza en el concepto denominado “acomodación razonable”.

 

Según afirma Halima Bensouda (2010), estudiante de Derecho Internacional de la Universidad de Montreal, en su reciente tesis doctoral, la acomodación razonable, lejos de privilegiar a las minorías religiosas, es una herramienta legal que permite el acceso de todos los ciudadanos a la igualdad y a la protección frente a situaciones de discriminación.

 

La “acomodación razonable” en Canadá es un principio de actuación general que debe ser aplicado en distintas situaciones en las que se pueda generar discriminación por motivos de discapacidad, religión, edad u otros. Se entiende que, si la legislación canadiense reconoce la igualdad de todos los individuos ante la ley, basándose en el principio general y fundamental de no discriminación, deben generarse en coherencia mecanismos de corrección adecuados ante situaciones concretas de discriminación.

 

La “acomodación razonable”, es un mecanismo legal, establecido por la Corte Suprema de Canadá, que obliga al Estado, a las instituciones y a las empresas a modificar sus normas, prácticas y políticas para que, de forma razonable, algunas necesidades individuales puedan ser acomodadas dentro del sistema. La “acomodación razonable” es un elemento esencial para la libertad religiosa (Bosset 2005; Woehrling 1998) y un mecanismo para corregir distintas formas de discriminación. Es importante destacar que Canadá es el único país en el que este concepto ha adquirido el estatus de obligación legal.

 

La “acomodación razonable” no implica un privilegio concedido a un individuo y mucho menos a una comunidad. Se trata de una disposición especial que permite a la sociedad contrarrestar los efectos discriminatorios indirectos de las leyes o regulaciones diseñadas por la mayoría, adaptándolo a las necesidades individuales, sean religiosas o de otra índole. El objetivo primordial no es la integración de inmigrantes, sino la aplicación racional de los principios constitucionales para todos los canadienses, aunque, ciertamente, también contribuye a la integración. Tiene una serie de consecuencias positivas que incluyen el reconocimiento de las diferentes identidades y su mejor recepción ante las instituciones públicas y la apertura del diálogo entre las partes. Es importante decir, que la mayor parte de las aplicaciones de la “acomodación razonables”, en las instituciones públicas y en los lugares de trabajo, han sido implementadas sin necesidad de acudir a los tribunales.

 

Un ejemplo concreto es la discriminación por motivos religiosos. En este caso, los conflictos que puedan surgir en el ámbito laboral por motivos de horarios, salarios o períodos de descanso, por citar sólo algunos ejemplos, podrán resolverse realizando adaptaciones flexibles y razonables por parte de los empleadores, siempre y cuando esto no suponga un perjuicio mayor al funcionamiento de la empresa. Éste es el sentido de la “acomodación razonable” que, al igual que los ejemplos mencionados en el ámbito laboral, puede ser aplicada a todos los ámbitos de la vida social.

 

Al hilo de lo que venimos exponiendo, está claro que ésta es una propuesta que también podría ser llevada a cabo en nuestro país, dada la enorme diversidad que caracteriza a nuestra sociedad en la actualidad, especialmente en lo referente a la religión.

 

Conclusión general

 

Para terminar, queremos señalar que todas estas propuestas que hemos presentado para la gestión de la diversidad cultural y del pluralismo religioso, requieren la puesta en marcha de una política nacional sobre el pluralismo religioso en el marco de la diversidad cultural de España. Esta política nacional que proponemos implica la existencia de una normativa de ámbito nacional, aplicable en toda España, para dar cumplimiento a la Constitución de 1978 y a la Ley de Libertad Religiosa de 1980. Y requiere, de forma complementaria, disponer de instituciones estatales, autonómicas y locales para gestionar el pluralismo religioso desde diferentes niveles de la administración, de acuerdo a sus propias competencias y con los recursos adecuados para su gestión.

 

La competencia sobre minorías religiosas es del Ministerio de Justicia que cuenta con una Dirección General de Relaciones con las Confesiones, vinculada a la Subdirección de Coordinación y Promoción de la Libertad Religiosa y a la Secretaría de Estado de Justicia. Y, también, conocemos las actividades de la Fundación Pluralismo y Convivencia, dependiente del mismo Ministerio, en relación al Pluralismo Religioso. Pero la lectura de los Acuerdos del Estado (1992) con la Comisión Islámica de España, con la Federación de Comunidades Israelitas de España y con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España de 1992, nos obliga a pensar que la gestión del Pluralismo Religioso no es un asunto de competencias sólo de la administración central, sino también de las administraciones autonómicas y locales.

 

En los Acuerdos de 1992 mencionados se hace referencia a cuestiones tan diversas como la protección jurídica de los lugares de culto; el estatuto de los dirigentes religiosos; la asistencia religiosa a sus fieles en el ejército, las cárceles y los hospitales; la atribución de efectos civiles al matrimonio celebrado según sus ritos; la enseñanza religiosa en las escuelas; los beneficios fiscales; la conmemoración de festividades; la regulación de enterramientos y cementerios; el sello de garantía de alimentos propios y su disponibilidad en los centros públicos, por señalar las más importantes.

 

Está claro que a algunas de estas cuestiones debe responder la administración central; otras pertenecen a las competencias de las Comunidades Autónomas; y otras, por supuesto, a los Ayuntamientos. Pero, la complejidad es aún mayor, dado que, incluso, dentro de cada una de estas instituciones, las cuestiones citadas hacen referencia a departamentos muy distintos y con competencias tan diversas como la salud, la educación, la justicia y el derecho, la hacienda pública y la fiscalidad, las relaciones laborales y el derecho del trabajo, la inhumación de cadáveres, el ejército y la policía, las cárceles y la sanidad animal.

 

Son un conjunto de Acuerdos firmados entre las instituciones mencionadas, cuya aplicación en la práctica ha sido muy selectiva. Nos parece que son unos buenos Acuerdos pero escasamente desarrollados. La pregunta que nos hacemos es quién debe responder a cada una de estas cuestiones y con qué recursos. Veamos un ejemplo concreto. El derecho de los alumnos a recibir educación religiosa en los centros educativos públicos y privados, según Ley 26/1992, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado Español con la Comisión Islámica de España, no queda claro en qué condiciones se podría o debería aplicar dicho derecho. Con otras palabras, se explicita el derecho, pero no se concreta el modo de llevarlo a la práctica. La consecuencia inmediata es la no aplicación de los Acuerdos.

 

En conclusión, disponer de un organismo para la gestión del pluralismo religioso, con ramificaciones en el ámbito autonómico y municipal permitiría consensuar la gestión y superar el desconcierto actual en que se mueven las distintas administraciones, cumplir los Acuerdos y dar respuesta a las expectativas de la población.

 

Bibliografía

 

Acuerdos del Estado con la Comisión Islámica de España (1992). B.O.E. de 12 de Noviembre de 1992

 

Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (1992) en B.O.E. de 12 de Noviembre de 1992

 

Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Comunidades Israelitas de España (1992) en B.O.E. de 12 de Noviembre de 1992

 

Bensouda, H. (2010) L’accomodement raisonnable, outil d’égalité face à la diversité religieuse et culturelle au Quebec (Tesis doctoral). Université de Montréal, Canadá .

 

Bosset, P. (2005) “Les mesures legislatives de lute contre la discrimination raciale au Québec: un bilan institutionnel”, Nouvelles practiques sociales. 17 (2)  (15-30).

 

Constitución Española (1978), B.O.E. de 29 de diciembre de 1978.

 

García Castaño, F.J. y Montes del Castillo, A. (2012), “Transmisión cultural, patrimonio y multiculturalismo” en: Montes del Castillo, A. y Martínez Martínez, MªJ. Antropología Aplicada. Lecturas de Antropología y Trabajo Social, Murcia, Diego Marín Editor.

 

Ley Orgánica de Libertad Religiosa (1980), B.O.E. de 24 de Julio de 1980.

 

Montes del Castillo, A. y Martínez Martínez, MªJ. (2011), Diversidad cultural y religión. Minorías religiosas en la Región de Murcia, Barcelona-Madrid, Icaria Editorial y Fundación Pluralismo y Convivencia.

 

Montes del Castillo, A. (2012), “Antropología, Investigación-Acción y Trabajo Social”, en: Montes del Castillo, A. y Martínez Martínez, Mª J. Antropología Aplicada. Lecturas de Antropología y Trabajo Social, Murcia, Diego Marín Editor.

 

Montes del Castillo, A. y Montes Martínez, A. (2014), Guía para Proyectos de Investigación en Ciencias Sociales. Cómo elaborar un TFG, un TFM o una tesis doctoral, Murcia, Diego Marín Editor.

 

Montes Martínez, A. (2017) “Aproximación a las relaciones interreligiosas en un país multicultural. El caso de Canadá” en Revista Nuevas tendencias en Antropología. Nº 6, Elche (Alicante, Universidad Miguel Hernández. (pp. 50-67)

 

Montes Martínez, A. (2018) Minorías religiosas en Cantabria, Santander, Editorial Tantín.

 

Statistics Canadá (2011) Religions in Canada. Immigration and Ethnocultural Diversity in Canada. Cat. No. 99-010-X2011001, Statistics Canada.

 

Woehrling, J-M (1998) “Problems raised by the use of regional or minority languages before public and juditial authorities”, en International Conference on the European Charter for Regional or Minority Languages, coll. “Regional or Minority Languages”, I Council of Europe Publishing, Strasbourg.

 

 

LA RAZÓN HISTÓRICA. REVISTA HISPANOAMERICANA DE HISTORIA DE LAS IDEAS

¿Quiénes somos?. 416 AUTORES y 65.000 LECTORES

-Impacto: en el Índice Google Scholar Metrics y con ICDS 7.6 en MIAR

-Calidad: en el Emerging Sources Citation Index de Thomson-Reuters con JCI 0.25

-Difusión: reconocida internacionalmente por DOAJ y ERIHPLUS

Búsqueda en la Revista

Números publicados [2007-2024]

Nº61. ENSAYOS HISTÓRICOS

Nº 60. SOBERANÍAS

Nº 59. MUTACIONES FACTIBLES

Nº 58. HISTORIA Y JUSTICIAS

Nº57. CONQUISTAS

Nº56. LECCIONES

Nº55. PALABRAS CONFLICTIVAS

Nº54. DEFINICIONES HISTÓRICAS

Nº53. ROSTROS HISTÓRICOS

Nº52. LUCES Y SOMBRAS

Nº51. MIEDOS PASADOS Y PRESENTES

Nº50. DINÁMICAS HISTÓRICAS

Nº49. CAMBIO Y CONTINUIDAD

Nº48. SENTIDO COMÚN

Nº47. PASADO PRESENTE

Nº 46. LA CRISIS DEL CORONAVIRUS

Nº 45. LA RESPONSABILIDAD

Edición

Garantía de Calidad

Diseño y comunicación

Colaboración

En la red

Libros de la Colección

Servicios de interactividad con el lector.

Atención: Los campos marcados con * son obligatorios.