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  ¿Cuál es la relación entre los cristianos y la política?  

 

 

Mons. Raffaello Martinelli    

 

Doctor en Sagrada Teología con especialización en pastoral catequística en la Pontificia Universidad Lateranense de Roma y el doctor en Pedagogía en la Universidad Católica de Milán. Sacerdote de la diócesis de Bérgamo, al servicio de la Congregación para la Doctrina de la Fe desde 1980. Desde 1987 es también el Rector del Colegio Eclesiástico Internacional San Carlos, y Primicerio de la Basílica de los Santos Ambrosio y Carlos en la Vía del Corso, en Roma (Italia).

 

 

¿Cómo han sido las relaciones entre los cristianos y la política, a través de los siglos?

§  Las relaciones entre la política y los cristianos, entre el Estado y la Iglesia, a través del tiempo y en los diversos países, han conocido una compleja evolución sea a nivel de los principios, sea a nivel de las acciones prácticas.

§  El modo de concebir y de realizar dichas relaciones corresponde a los diversos contextos históricos, sociales y eclesiales.

§  Mi reflexión, explicada a continuación, se funda de modo particular en los documentos eclesiales de los últimos cincuenta años y, sobre todo en la: Gaudium et Spes del Concilio Vaticano II, en el Catecismo de la Iglesia Católica, el Código de Derecho Canónico y el Compendio de la Doctrina social de la Iglesia.


¿Según la fe cristiana, cuál es la finalidad de la política?

La política, entendida como una acción económica-social-legislativa-administrativa-cultural, múltiple y variada, debe:

§  En relación con la persona y con la sociedad civil:

·         tutelar y promover los derechos fundamentales e inalienables de la persona, la dignidad y la igualdad de todos los ciudadanos;

·         desempeñar sus tareas como servicio a las personas y a la sociedad;

·         promover los valores fundamentales y utilizar los medios justos e idóneos para realizar el bien común, la justicia y la paz;

·         utilizar las virtudes naturales, descritas ya en la cultura griega clásica, esto es, las llamadas virtudes cardinales: prudencia, justicia, fortaleza y templanza.

§  En relación con el poder público:

·         usar los medios honestos para conquistar, mantener y asumir tal poder;

·         ejercitar con imparcialidad y democracia el mandato que han recibido de los ciudadanos;

·         favorecer la información y la participación democrática de los ciudadanos respetando el principio de la solidaridad, especialmente para con los más pobres;

·         actuar con trasparencia en la administración personal y pública, haciendo un uso honesto del dinero público;

·         respetar con justicia los derechos de la oposición.

§  En relación con la comunidad humana:

·         promover la solidaridad, el bienestar y la paz de todos los pueblos;

·         solucionar los eventuales conflictos con el diálogo;

·         realizar y consolidar un orden internacional, en el respeto de los principios que inspiran un orden jurídico en armonía con el orden moral;

·         realizar el bien común.


¿Cuáles son las exigencias del bien común?

§  El bien común es :

·         “el conjunto de condiciones de la vida social que hacen posible a las asociaciones y a cada uno de sus miembros el logro más pleno y más fácil de la propia perfección” (GS,26);

§  El bien común:

·         es “bien de todos los hombres y de todo el hombre” (Christifideles laici,42);

·         exige “que se facilite al hombre todo lo que éste necesita para vivir una vida verdaderamente humana” (GS,26);

·         tiene que ver con una concepción integral del hombre y con su desarrollo, de acuerdo a la profunda riqueza de sus articulaciones;

·         implica el compromiso de todos y de cada uno, aun con la diversidad y complementariedad de formas, en las tareas y responsabilidades. Busca el bien de todos y de cada uno, para que todos sean responsables de todos” (Sollecitudo rei socialis, 38). El bien común de las personas no se puede realizar independientemente del bien común de las comunidades a las cuales las personas pertenecen;

·         comprender también la dimensión económica, aún cuando no se agota en ella.


Según la concepción cristiana, ¿cuándo una sociedad es auténticamente democrática?

 

§  Cuando la sociedad está fundada sobre un Estado legítimamente constituido, donde la ley es soberana y no la voluntad arbitraria de los hombres. Dicho Estado requiere:

·         elecciones libres y universales;

·         una concepción recta de la dignidad de la persona humana y una tutela de sus derechos;

·         una visión coherente del bien común, como criterio regulador de la vida política;

·         la participación y corresponsabilidad de todos los ciudadanos, en sus distintos niveles y de acuerdo a sus respectivas capacidades;

·         el respeto por la autonomía política, cultural, económica y religiosa de los demás.

§  En una sociedad democrática, el sujeto de la autoridad política es el pueblo, que es considerado, en su totalidad, como el detentor de la soberanía. La comunidad política se constituye para estar al servicio de la sociedad civil, de la cual deriva y, en último análisis, de las personas y de los grupos que la componen. A la autoridad política le compete, por tanto:

·         garantizar la vida ordenada y recta de la comunidad, promoviendo el bien común;

·         respetar el principio de subsidiariedad, es decir, no debe sustituirse la actividad libre de los individuos y grupos, sino que, más bien, es preciso disciplinarlos y sostenerlos en caso de necesidad;

·         dejarse guiar por el orden moral, “que se funda en Dios, que es el principio primero y el fin último” (Juan XXIII, Pacem in terris, 270). Precisamente de este orden, la autoridad toma su propia legitimidad moral y la capacidad de dictar obligaciones, que no provienen del arbitrariedad o de la voluntad de poder;

·         reconocer, respetar y promover los valores humanos y morales esenciales;

·         dictar leyes justas, es decir, leyes conformes a la dignidad de la persona humana y a los principios de la recta razón. Por tanto, el ciudadano no está obligado, en conciencia, a seguir las prescripciones de las autoridades civiles si son contrarias a las exigencia de orden moral, a los derechos fundamentales de las personas o a las enseñanzas del Evangelio;

·         establecer penas proporcionadas a la gravedad de los delitos, y orientadas a reparar el desorden introducido por la culpa, garantizar el orden público y la seguridad de las personas, contribuir a la corrección y recuperación personal y social del culpable.


¿Cómo se efectúa una sana laicidad del estado?

“No es alguna expresión de laicidad, si no su degeneración en laicismo, la hostilidad a cada forma de relevancia política de la religión; a la presencia en particular, de cada símbolo religioso en las instituciones públicas. Como tampoco es signo de sana laicidad el rechazo a la comunidad cristiana, y a aquellos que legítimamente la representan, del derecho de pronunciarse sobre problemas morales que hoy cuestionan la consciencia de todos los seres humanos, en particular de los legisladores y de los juristas. No se trata, de hecho, de indebida injerencia de la Iglesia en la actividad legislativa, propia y exclusiva del Estado, sino de la afirmación y de la defensa de los grandes valores que dan sentido a la vida de la persona y le salvaguardan la dignidad. Estos valores, antes de ser cristianos, son humanos, y por lo tanto no dejan indiferente y silenciosa a la Iglesia, la cual tiene el deber de proclamar con firmeza la verdad sobre el hombre y su destino” (BENEDICTO XVI, Discurso a la Unión de Juristas Católicos Italianos, 9 diciembre 2006).


¿En qué modo la iglesia respeta la política?

§  La Iglesia, en cuanto tal, no se compromete, no se identifica, no se confunde, no se vincula a ningún sistema o partido político: respeta y promueve la sana y justa laicidad del Estado.

§  La Iglesia no propone decisiones concretas a tomar, programas de acción, campañas políticas a conducir, personas por quién votar. Todas estas realidades son “cosas técnicas para las cuales el Magisterio no posee los medios proporcionados, ni misión alguna” (Pio XI, Quadragesimo anno). “La Iglesia respeta la legítima autonomía del orden democrático y no tiene título para expresar preferencias por una u otra solución, institucional o constitucional” (Giovanni Paolo II, Centesimus annus, 47).

§  La Iglesia y la comunidad política, aún expresándose con estructuras organizativas visibles, son de de naturaleza diversa, sea por su configuración sea por la finalidad que persiguen.

§  Es cierto que las finalidades de la Iglesia y del Estado son de orden diverso y que ambas son sociedades perfectas y, por tanto, dotadas de medios propios, son independientes en la respectiva esfera de acción. También es verdad que ambas actúan a beneficio de un sujeto común: el hombre. Su separación no excluye su colaboración. “La comunidad política y la Iglesia son independientes y autónomas, cada una en su propio terreno. Ambas, sin embargo, aunque por diverso título, están al servicio de la vocación personal y social del hombre” (GS,76).

§  La Iglesia, precisamente porque está al servicio de cada persona y del crecimiento integral de la persona, puede y debe:

·         evangelizar el orden político (político aquí entendido en el más alto valor sapiencial);

·         tener el reconocimiento jurídico de la propia identidad y realidad, y formas estables de relaciones e instrumentos (p. ej. concordatos) idóneos para garantizar las relaciones armónicas;

·         juzgar los comportamientos políticos en cuanto a su dimensión ética. Así, la Iglesia reivindica la libertad de expresar su juicio moral cada vez que le sea exigido, por la defensa de los derechos fundamentales de la persona o por la salvación de las almas;

·         ayudar a los laicos, a través de los Pastores, a formarse un recta conciencia cristiana y a transformar y animar cristianamente las realidades temporales (para los laicos, esta tarea brota de su ser bautizados y confirmados);

·         instruir e iluminar, como es su propia tarea, la conciencia de los fieles, sobre todo, de aquellos que tienen algún compromiso-trabajo en la vida política, a fin de que su actuar sea siempre al servicio de la promoción integral de la persona y del bien común.


¿Qué deberes tiene el cristiano en relación con la política?

Todo cristiano:

§  Tiene el deber-derecho de interesarse y comprometerse en la política, según sus propias posibilidades y capacidades, a fin de promover una sociedad al servicio de la persona, principio-centro-fin de su acción a la luz del Evangelio. De la persona humana proviene el derecho de tomar parte activa en la vida pública y ofrecer su personal aporte en orden del bien común.

§  No desprecia o no considera irrelevante la actividad política, sino que la retiene fundamental para la consecución del bien común, y sostiene, por tanto, la atención y la participación convencida de todo ciudadano, incluido el ejercicio del voto.

 

§  Actúa a nombre propios (y no de la Iglesia en cuento tal) en sus opciones políticas y, al mismo tiempo:

·         ofrece un buen testimonio cristiano;

·         respeta la legítima multiplicidad de las opciones temporales;

·         busca y promueve, en determinadas situaciones, la unidad política de los cristianos, salvaguardando valores particulares y para el bien común.

§  Sabe distinguir entre compromiso político y opción partidista. Si los principios son absolutos e inmutables, la acción partidista, que debe también inspirarse en los principios éticos, no consiste de por sí en la realización inmediata de principios éticos absolutistas, sino en la realización del bien común concretamente posible en el cuadro de un orden democrático. Haciendo esto no es posible admitir nunca un mal moral. En concreto, sin embargo, puede ocurrir que, cuando no sea posible obtener más, precisamente por fuerza del principio de la búsqueda de lo mejor para el bien común concretamente posible, se deba o sea oportuno aceptar un bien menor o tolerar un mal menor, siempre respecto a un mal mayor.

§  No se adhiere ni apoya fuerzas políticas y sociales que se opongan o no den suficiente atención a los principios y a los contenidos cualificantes de la doctrina social de la Iglesia.

§  Evita el abstencionismo y el refugiarse en la esfera privada, etc.


¿Según qué criterios el cristiano elige un partido?

§  Al elegir un partido, el cristiano cumple una seria valoración moral:

·         en referencia a la comunidad nacional e internacional: valora el conjunto de los bienes materiales, morales, espirituales que lo animan y lo dirigen ;

·         en referencia al partido: examina si los programas-fines-medios-opciones operativas de ese partido son coherentes con el Evangelio y compatible con la Fe. Al mismo tiempo, es conviene recordar que el cristianismo es un mensaje religioso y, en cuanto tal, dirigido a todos los hombres indistintamente. Es capaz, por tanto, de inspirar diversos programas, opciones concretas, que pueden ser diversas e igualmente coherentes con la misma inspiración ideal;

·         en referencia a los candidatos a elegir: valora su honestidad, competencia política y profesional, capacidad de dialogar con todos, su testimonio de vida personal, familiar, profesional, social.


¿Cuales son, en el programa político, los contenidos irrenunciables para un cristiano?

§  Son aquellos principios fundados sobre el primados y sobre la centralidad de la persona humana, por ejemplo: la defensa del derecho a la vida en todas sus fases (desde el primer momento de su concepción hasta la muerte natural); la salvaguarda de los derechos del embrión humano; la protección a la familia fundada sobre el matrimonio monogámico entre hombre y mujer; la libertad de educación y el derecho de los padres a educar a sus hijos; la tutela social de los menores; la emancipación de las formas modernas de esclavitud (desfrute de la prostitución, liberación de las drogas); el derecho a la libertad religiosa; el respeto de la justicia social, de la subsidiaridad y de la solidaridad; la defensa de la paz (de no confundir con el pacifismo ideológico) contra cada forma de violencia y de terrorismo (cfr. CDF, Nota doctrinal sobre algunas cuestiones relacionadas al empeño y comportamiento de los católicos en la vida política).

§  Bueno saber que estos principios, también iluminados y confirmados de la fe, son intrínsicos a la naturaleza humana, y por lo tanto son comunes a toda la humanidad y son fundamentales para el bien de la sociedad (cfr. BENEDICTO XVI, Discurso,  30 marzo 2006).

 

 

¿Cuáles son los requisitos para el cristiano elegido en un partido?

 

Un cristiano, elegido en un partido, debe buscar tener:

§  respeto y promoción de los fundamentos doctrinales cristianos, en particular de los principios de la doctrina social de la Iglesia;

§  ejercicio del mandato, recibido democráticamente, como servicio a la sociedad, como servicio de todo el hombre, y como ejercicio de la caridad: la caridad, como virtud teologal, puede y debe investir también la dimensión política con su propia fuerza de iluminación, con la propia energía de dedicación, con la propia capacidad de servir y amar a todo hombre y a todos los hombres;

§  correcta concepción de la vida social y política que él está llamado a servir;

§  ética profesional y competencia específica en la gestión de los asuntos públicos;

§  formación y educación civil y política permanente;

§  ejercicio de las virtudes que favorecen el compromiso político como servicio (integridad moral, lealtad, sinceridad, paciencia, modestia, moderación...);

§  sana distancia del interés y del prestigio personal: el cristiano que hace política debe actuar con desinterés, buscando no su propia utilidad, ni la del propio grupo o partido, sino el bien de todos y de cada uno;

§  escucha de las sanas y justas exigencias del pueblo antes, durante y después de las elecciones ;

§  honestidad cristiana en su vida personal, familiar, social: entre "vida buena" y "buen gobierno" hay un nexo inseparable.


¿Cuál debe ser el comportamiento del clero en relación con la política?

Los sacerdotes:

§  no utilizan su posición y su misión en la Iglesia para apoyar cualquier partido, siendo super partes, al servicio de todos y promoviendo el bien de cada uno y de todos;

§  no pueden ser electos en un partido, a menos que, en circunstancias concretas y excepcionales, lo exija el bien de la comunidad (Código de Derecho Canónico, 280).

§  ofrecen su contribución constructiva y coherente en el campo "pre-político" y político (no partidista), anunciando los valores fundamentales de la persona y del Evangelio y ofreciendo directrices y orientaciones sobre los valores en que se debe inspirar la actividad sociopolítica;

§  promueven buenas relaciones con las administraciones políticas en abierta y cordial colaboración para el bien de los ciudadanos, en la claridad de los roles y en el respeto de las competencias específicas, evitando posiciones de compromiso y acuerdos en los que no resulta clara la posición autónoma de la Iglesia.

§  Se comprometen:

·         a no poner, durante el proceso electoral, sedes y estructuras (las parroquias, los institutos religiosos, las escuelas católicas y las demás realidades eclesiales) a disposición de las iniciativas de partidos específicos o formaciones políticas;

·         a no programar, en cercanía de las votaciones, iniciativas de formación, de reflexión, de oración y acompañamiento espiritual que incluyan a personas ya comprometidas a nivel social y político y a candidatos de un partido.

 

Il Primicerio
della Basilica dei Santi Ambrogio e Carlo in Roma
Monsignor Raffaello Martinelli

 

NB: Para profundizar en el argumento, se pueden leer los siguientes documentos pontificios:

  • Juan Pablo XXIII, Mater et magistra, 1961; Pacem in terris, 1963;
  • Concilio Vaticano II, Gaudium et spes (GS), 1966, nn. 74-76;
  • Juan Pablo II, Sollecitudo rei socialis, 1988; Evangelium vitae, 1995; Centesimus annus, 1991;
  • Catecismo De La Iglesia Católica (CCC), nn. 1897-1901; 2212-2213; 2244-2246; Compendio del CCC nn. 405-406, 463-465;
  • Congregación Para La Doctrina De La Fe (CDF), Nota doctrinal sobre algunas cuestiones que se refieren al compromiso y al comportamiento de los católicos en la vida política, 2002;
  • Pontificio Consejo Para La Justicia Y La Paz, Compendio de la doctrina social de la Iglesia, 2004, pp. 206-232.

 

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